Suprema - Rol 14412-2024
, Y OTROS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que rechaza la acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la demora en resolver una solicitud de visa temporal, pero ordena emitir pronunciamiento en un plazo razonable e informar a otros servicios públicos sobre la vigencia de la cédula de identidad.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción de protección dirigida contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión en pronunciarse sobre una solicitud de visa temporal.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte Suprema se pronuncia sobre la apelación de una sentencia que denegó un recurso de protección.
• Hechos establecidos El Servicio Nacional de Migraciones no se ha pronunciado sobre la solicitud de visa temporal del recurrente. El recurrente alega que esta omisión afecta su derecho a la vida e integridad física y psíquica.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la demora del Servicio Nacional de Migraciones en pronunciarse sobre la solicitud de visa temporal afecta los derechos del recurrente, especialmente considerando la Ley N°21.325 y su reglamento.
• Argumentos de las partes El recurrente alega que la demora en la resolución de su solicitud de visa temporal vulnera su derecho a la vida e integridad física y psíquica, manteniéndolo en un estado de angustia y desesperación. Invoca el artículo 27 de la Ley N°19.880, relativo al plazo de seis meses para resolver. El Servicio Nacional de Migraciones argumenta que la solicitud se encuentra sometida a un procedimiento uniforme y que el estado de la solicitud puede verificarse en línea. A...
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