Suprema - Rol 34728-2023
CISTERNAS REBECA CON MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la contratación a honorarios en la administración pública, cuando las funciones son permanentes y propias del giro, configuran una relación laboral regida por el Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al RIT O-4301-2020, RUC 2040280533-2, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “ con Municipalidad de Huechuraba”.
• Antecedentes procesales relevantes En primera instancia, el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago desestimó la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demandante interpuso recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago. Contra esta última resolución, la demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
- La Municipalidad de Huechuraba y el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) celebraron un convenio para financiar un plan de intervención en una residencia para personas mayores.
- fue contratada por la municipalidad mediante sucesivos contratos a honorarios, desde el 26 de noviembre de 2018 hasta el 6 de mayo de 2020, para desempeñarse como cuidadora de adultos mayores en un ELEAM, realizando labores de cuidado, asistencia, alimentación y administración de medicamentos.
- emitía boletas de honorarios mensuales, con la retención correspondiente al Impuesto a la Re...
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