Suprema - Rol 20464-2024
CÓRDOVA/ISAPRE NUEVA MASVIDA S.A.
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, ordenando a la Isapre equiparar la cobertura de salud mental a la física, aplicando la Ley 21.331 y la Circular IF/N° 396, considerando que la no discriminación en salud mental es un principio fundamental.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección presentado contra una Isapre por no otorgar la misma cobertura a prestaciones de salud mental que a las de salud física, contraviniendo la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud y vulnerando derechos constitucionales.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones rechazó el recurso. Se interpuso recurso de apelación, argumentando que la Ley N° 21.331 es aplicable tanto a contratos antiguos como nuevos.
• Hechos establecidos La Isapre recurrida aplicaba menores beneficios a las prestaciones de salud mental en comparación con las de salud física, lo que motivó el recurso de protección.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la Circular IF/N° 396 es aplicable solo a los contratos de salud suscritos después de su entrada en vigencia o también a los contratos preexistentes.
• Argumentos de las partes Recurrente: La Circular IF/N° 396 y la Ley 21.331 se aplican a todos los contratos de salud, independientemente de su fecha de suscripción, pues los cambios normativos rigen in actum. Recurrida: La Corte de Apelaciones rechazó el recurso señalando que la Circular IF/N° 396 solo se aplica a los nuevos planes de salud y no a los antiguos, como el de la recurrente.
• Doctrina ...
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