Suprema - Rol 229121-2023
CON Y OTRO *
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia de primera instancia, estableciendo la responsabilidad del Hospital San Borja Arriarán por falta de servicio y la del médico por responsabilidad extracontractual, debido a daños causados por un dispositivo médico defectuoso.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción judicial por daño ocular presentada contra el Hospital San Borja Arriarán y el médico , debido a complicaciones derivadas de cirugías de desprendimiento de retina, en las cuales se utilizó un dispositivo médico defectuoso, resultando en la ceguera de la actora.
• Antecedentes procesales relevantes La demanda original planteaba una acción principal basada en la responsabilidad patrimonial del derecho público y una subsidiaria basada en la responsabilidad extracontractual. Posteriormente, se modifica la demanda para presentarla como una única acción, imputando falta de servicio al hospital y responsabilidad extracontractual al médico, de forma solidaria.
• Hechos establecidos Se determinó que el dispositivo médico (perfluorocarbono líquido o Meroctane) utilizado en la cirugía estaba en mal estado, causando daño ocular irreversible a la paciente. Se estableció que el hospital no fiscalizó adecuadamente la calidad del dispositivo, y el médico actuó negligentemente al utilizar un producto defectuoso y no advertir un patrón de efectos adversos en otros pacientes.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar la responsabilidad del Hospital San Borja Arriarán por falta de servicio y la responsabilidad del médico...
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