Suprema - Rol 246080-2023
MEDEL Y OTROS CON E Y C EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. *
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la responsabilidad solidaria de la empresa principal en régimen de subcontratación se extiende a las prestaciones derivadas de la nulidad del despido, incluso después de finalizado el contrato.
Resumen
• Datos básicos del caso Autos RIT O-12-2022, RUC 2240409701-K, del Juzgado de Letras de Traiguén.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de Traiguén acogió la demanda por despido indirecto y nulo, y cobro de prestaciones, condenando solidariamente a la empresa constructora E y C Limitada y al Ministerio de Obras Públicas (MOP). El MOP recurrió de nulidad, siendo acogido parcialmente por la Corte de Apelaciones de Temuco, que lo eximió del pago de las sumas vinculadas a la nulidad del despido. Los demandantes interpusieron recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos Existencia de relación laboral entre los demandantes y la empresa constructora, terminada por despido indirecto debido al no pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales. El MOP, como dueño de la obra, no ejerció oportunamente sus derechos de información, retención y pago.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la limitación temporal de la responsabilidad solidaria de la empresa principal en régimen de subcontratación, según el artículo 183-B del Código del Trabajo, se extiende a las prestaciones derivadas de la sanción de nulidad del despido (artículo 162 del mismo código), cuando la responsabilidad se extiende más allá de la fecha e...
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