Suprema - Rol 33248-2024

DE LA PUENTE/ISAPRE BANMEDICA S.A.

Abstracto

La Corte Suprema confirma el amparo contra Isapre, ordenando equiparar la cobertura de salud mental a la física, basándose en la Ley 21.331 y la Circular IF/N° 396, que prohíben la discriminación en coberturas.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de amparo presentado contra una Isapre por no otorgar la misma cobertura a prestaciones de salud mental que a las de salud física, invocando la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud y vulneración de derechos constitucionales (artículo 19 N° 1, 2, 9, 18 y 24 de la Constitución Política de la República).

• Antecedentes procesales relevantes Se confirma la sentencia apelada, con una declaración.

• Hechos establecidos La Isapre recurrida no cumple con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental, otorgando menores beneficios que los legalmente corresponden, según la parte recurrente.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la Circular IF/N° 396 se aplica solo a contratos posteriores a su entrada en vigencia o también a los contratos vigentes al momento de su dictación.

• Argumentos de las partes La parte recurrente alega que la Isapre no cumple con la Circular IF/N° 396, vulnerando sus derechos constitucionales al no otorgar la misma cobertura para salud mental que para salud física. La Isapre recurrida señala estar dando cumplimiento a la Circular IF/N° 396.

• Doctrina y jurisprudencia citadas Ley N° 21.331 Del Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Aten...

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