Suprema - Rol 58379-2024

COLMENARES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Abstracto

Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticuatro.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto a sexto, que se eliminan.

Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE:

1° Que, como se advierte del recurso de protección, la acción cautelar se dirige en contra del Servicio Nacional de Migraciones, al que se imputa haber incurrido en un acto ilegal y arbitrario, consistente en la dilación excesiva en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, don , , quien ingresó al país en el año 2017, obteniendo el año 2019 un permiso de residencia temporal, el que renovó en el año 2020. El 27 de septiembre de 2021 solicitó la permanencia definitiva, sin que a la fecha de interposición de esta acción – 23 de enero de 2024 – haya obtenido respuesta.

2° Que el recurrido, al informar, solicitó el rechazo de la acción, argumentando, en síntesis, que la solicitud de permanencia definitiva del actor se encontraría en tramitación, agregando que la autoridad se encuentra facultada para ponderar los antecedentes que se acompañan a la solicitud de permanencia definitiva, efectuar las diligencias que estime pertinente y solicitar nuevos antecedentes al solicitante, todo ello dentro del plazo de 90 días establecido en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de Migraciones y Extranjería.

3° Que, sobre el particular, cabe recordar que esta Corte ha señalado reiteradamente que si bien la Administración del Estado está facultada para ponderar los antecedentes y efectuar las diligencias que estime pertinentes, ello debe hacerse dentro de un plazo razonable, pues de lo contrario se produce una dilación que vulnera la garantía de los artículos 19 N° 2 y 29 de la Constitución Política de la República.

4° Que, en este caso, el recurrente solicitó la permanencia definitiva el 27 de septiembre de 2021, por lo que han transcurrido más de dos años desde esa fecha, sin que el Servicio Nacional de Migraciones haya emitido un pronunciamiento sobre su solicitud.

5° Que, en estas condiciones, resulta evidente que la dilación en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente es excesiva e injustificada, vulnerando las garantías constitucionales invocadas, lo que hace necesario acoger el recurso de protección.

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de veintiocho de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 15.815-2024, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección deducido en favor de don , , disponiéndose que el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir un pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva en el plazo de 60 días, contados desde la fecha de notificación de esta sentencia.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Abogado Integrante, don .

Rol N° 3.488-2024.

Ministro Sr. Ministra Sra. Ministro Sr. Abogado Integrante Sr. Abogado Integrante Sr. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. , Sra. , Sr. y los Abogados Integrantes Sres. , .

Autoriza: Subrogante

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la dilación injustificada en la resolución de una solicitud de permanencia definitiva. El recurrente alega vulneración de los numerales 2 y 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. La sentencia se dicta el 11 de diciembre de 2024. Rol Nº 58379-2024.

• Antecedentes procesales relevantes: Se revoca la sentencia apelada (no se especifica el tribunal de alzada).

• Hechos establecidos: El Servicio Nacional de Migraciones incurrió en una dilación injustificada al no resolver dentro de un plazo razonable la solicitud de permanencia definitiva presentada por el recurrente.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la dilación injustificada del Servicio Nacional de Migraciones en resolver la solicitud de permanencia definitiva vulnera las garantías constitucionales del recurrente, específicamente el derecho a la igualdad ante la ley y el debido proceso.

• Argumentos de las partes: El recurrente argumenta que la dilación es ilegal y arbitraria, vulnerando sus derechos constitucionales. Solicita que se ordene al recurrido acoger a trámite su solicitud o adoptar medidas para restablecer el imperio del derecho. El Servicio...

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