Suprema - Rol 22310-2024
CORTÉS ARAYA, /GENDARMERÍA DIRECCIÓN NACIONAL
Abstracto
La Corte Suprema anula de oficio el procedimiento de un recurso de protección, al constatar que debió tramitarse como amparo (artículo 21 de la Constitución Política) y no como recurso de protección (artículo 20). Se retrotrae el proceso al momento de la admisión a trámite.
Resumen
• Datos básicos del caso presenta una acción de cautela de derechos constitucionales (recurso de protección) impugnando su no inclusión en la nómina de postulantes a beneficios intrapenitenciarios y libertad condicional.
• Antecedentes procesales relevantes El recurrente solicita se le otorgue la libertad condicional o, en subsidio, se ordene a la Comisión de Libertad Condicional pronunciarse nuevamente sobre su postulación.
• Hechos establecidos El recurrente se encuentra privado de libertad cumpliendo pena efectiva.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La cuestión principal es determinar si la acción deducida fue correctamente tramitada como recurso de protección (artículo 20 de la Constitución Política) o si, por su naturaleza, debió tramitarse como recurso de amparo (artículo 21 de la Constitución Política).
• Argumentos de las partes El recurrente alega que la no inclusión en la nómina de postulantes a beneficios intrapenitenciarios vulnera sus derechos constitucionales. Solicita la libertad condicional o una nueva revisión de su postulación.
• Doctrina y jurisprudencia citadas No se explicita doctrina ni jurisprudencia en la sentencia, más allá de la referencia al Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección ...
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