Suprema - Rol 38112-2024

/CUERPO DE BOMBEROS DE ENTRE LAGOS

Abstracto

La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza el recurso de protección interpuesto por un bombero contra el Cuerpo de Bomberos de Entre Lagos, al considerar que la no autorización para dictar capacitaciones no es una sanción ilegal ni arbitraria.

Resumen

• Datos básicos del caso Acción constitucional de protección deducida por don en contra del Cuerpo de Bomberos de Entre Lagos, representado por su Superintendente, don .

• Antecedentes procesales relevantes El recurrente solicita se deje sin efecto el Ordinario Nº 6-2024, de 31 de mayo de 2024, que le informa la no autorización para dictar capacitaciones como Instructor de la Academia Nacional de Bomberos. La Corte de Apelaciones acoge el recurso. El Cuerpo de Bomberos recurrido apela ante la Corte Suprema.

• Hechos establecidos El Cuerpo de Bomberos de Entre Lagos, mediante el Ordinario N° 6-2024, comunicó al Coordinador Regional de la Academia Nacional de Bomberos que, por acuerdo del Directorio General, no se autorizaba al recurrente a dictar capacitaciones fuera del Cuerpo de Bomberos de Entre Lagos. Esta decisión se basó en el artículo 7 del Reglamento de la Academia Nacional de Bomberos, que exige autorización del Cuerpo de Bomberos para que sus miembros participen en actividades de la Academia.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el Ordinario Nº 6-2024, que niega la autorización al recurrente para dictar capacitaciones, es un acto ilegal o arbitrario que vulnera los derechos constitucionales del recur...

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