Suprema - Rol 51628-2024

COMERCIALIZADORA GYD SPA CON MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN

Abstracto

La Corte Suprema confirma el rechazo de un amparo económico, estableciendo que la acción de la Ley N° 18.971 protege la libertad económica frente al Estado empresario, no vulneraciones individuales.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de apelación contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que rechazó un recurso de amparo económico. La sociedad Comercializadora GYD SpA. interpuso el amparo debido a la no renovación de su patente de alcoholes por Decreto Alcaldicio N°2300.

• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo económico. La actora apeló, argumentando falta de fundamentación en el Decreto Alcaldicio N°2300 que negó la renovación de su patente de alcoholes.

• Hechos establecidos Comercializadora GYD SpA. era titular de la patente de alcoholes N° 400385, la cual amparaba un local en la comuna de San Joaquín. Un informe de inspección constató que la propiedad correspondiente era una casa habitación sin actividad comercial. El Concejo Municipal decidió no renovar la patente, decisión materializada en el Decreto Alcaldicio N° 2300.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la acción de amparo económico, regulada en la Ley N° 18.971, es procedente ante la negativa de renovación de una patente de alcoholes y si protege el derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita (artículo 19 N° 21 inciso 1° de la Constitución) o solo frente a la intervención del Estad...

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