Suprema - Rol 226198-2023
C/
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de nulidad contra sentencia del Juzgado de Garantía de Colina, reduciendo la suspensión de licencia de conducir de cinco a dos años por delito de conducción en estado de ebriedad, al considerar errónea la aplicación del artículo 196 de la Ley 18.290.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al RUC 2200341763-1, RIT 5247-2022, del Juzgado de Garantía Colina, caratulado por el delito de conducción en estado de ebriedad.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Garantía Colina condenó a por conducción en estado de ebriedad y por negarse injustificadamente a realizarse el examen de alcoholemia. Se le impuso una pena de 41 días de prisión, multa y suspensión de licencia por cinco años por el primer delito, y multa y suspensión de licencia por un mes por el segundo delito. La defensa interpuso un recurso de nulidad contra la sentencia, específicamente contra la suspensión de la licencia de conducir por cinco años. El recurso se funda en la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal.
• Hechos establecidos El 6 de abril de 2022, condujo un vehículo en estado de ebriedad en Colina, perdiendo el control y cayendo en una acequia. Intentó huir, pero fue fiscalizado por Carabineros, quienes constataron su estado de ebriedad. Se negó a realizarse la alcoholemia.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La cuestión jurídica central es si la sentencia del Juzgado de Garantía aplicó correctamente el derecho al imponer una suspensión de licencia de conducir po...
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