Suprema - Rol 13403-2025
ALMANZA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Abstracto
Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés.
Vistos:
En estos autos Rol N° 49.241-2023, caratulados “Recurso de Amparo , con Intendencia Región de Atacama”, la , por sí y en representación de su hija , ha recurrido de amparo en contra de la Resolución Exenta N° 1542040009914 de 10 de abril de 2023, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Atacama, que rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada y ordenó el abandono del país dentro del plazo de 30 días, por estimar que no ha acreditado el vínculo con el , padre de su hija, de nacionalidad chilena.
La Corte de Apelaciones de Copiapó, con fecha 31 de julio de 2023, rechazó el recurso de amparo.
En contra de esta decisión, la amparada interpuso recurso de apelación.
Teniendo presente:
1.- Que, en concepto de esta Corte, el recurso de amparo debe ser acogido, desde que, tal como se desprende de los antecedentes, la autoridad administrativa no ha ponderado debidamente el interés superior de la niña , que se ve directamente afectado por la decisión de expulsión de su madre, de nacionalidad boliviana.
2.- Que, en efecto, la decisión impugnada, al ordenar el abandono del país de la madre de la niña, impide que ésta pueda mantener contacto directo y regular con su progenitora, afectando su derecho a crecer y desarrollarse en un ambiente familiar estable, considerando que el padre de la niña no se encuentra en condiciones de asumir el cuidado personal de su hija, según se desprende de los antecedentes.
3.- Que, en este sentido, la autoridad administrativa ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario, al no ponderar debidamente el interés superior de la niña, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en los artículos 19 N° 1 y N° 2 de la Constitución Política de la República y en la Convención sobre los Derechos del Niño.
4.- Que, en consecuencia, corresponde revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de amparo, disponiendo las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la protección de los derechos fundamentales de la niña.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se revoca la sentencia apelada de fecha 31 de julio de 2023, dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de , dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 1542040009914 de 10 de abril de 2023, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Atacama, que rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada y ordenó su abandono del país.
Se ordena a la autoridad administrativa continuar con el procedimiento de regularización migratoria de la amparada, otorgándole un plazo de 60 días para que presente la documentación faltante.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Rol N° 49.241-2023.
Ministro Ministra Ministro Ministro Abogado Integrante
Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros , , , y el Abogado Integrante .
Autorizado por el Ministro de Fe de esta Corte Suprema.
En Santiago, a veintiocho de agosto de dos mil veintitrés, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de amparo Rol N°13403-2025. Corte Suprema, 2 de mayo de 2025. Recurrente: ciudadana boliviana . Recurrido: autoridad administrativa (no especificada en el extracto).
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de amparo (Ingreso Corte N°72-2025). La Corte Suprema revoca la sentencia apelada.
• Hechos establecidos La Resolución Exenta N°23293458, de 01 de agosto de 2023, rechazó la solicitud de regularización migratoria de y decretó su abandono del país, fundándose en la falta de presentación de certificado de término de causa y sentencia respecto de una denuncia vigente en su país de origen. La amparada ha residido en Chile por aproximadamente siete años y presenta arraigo laboral. Acompañó un certificado de antecedentes apostillado de su país de origen, donde consta la ausencia de anotaciones penales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la Resolución Exenta N°23293458 vulnera los derechos de la amparada, considerando su tiempo de residencia en Chile, arraigo laboral y la presentación de un certificado de antecedentes negativo de su país de origen.
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