TDPI - TDPI Rol 0000131-2015
BAÑO FÁCIL
Abstracto
TDPI revoca resolución de INAPI, acogiendo solicitud de marca denominativa "BAÑO FÁCIL" en clase 3, al considerar que el signo es meramente evocativo y no descriptivo ni inductivo a error, desestimando la aplicación del artículo 20 letras e) y f) de la Ley N° 19.039.
Resumen
BAÑO FÁCIL Observación de fondo: artículo 20, letras e) y f), Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.087.409 Marca denominativa: BAÑO FÁCIL Clases 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Descriptivo e inductivo a error. TDPI revoca. La resolución del INAPI rechazó la solicitud marcaria, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras e) y f) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto el conjunto pedido resultaba inductivo en error, por encontrarse construido en base a términos de uso común para la cobertura que pretendía distinguir, los cuales al no ser exclusivos de la clase respecto de la cual se pedía protección, lo hacía inductivo a error respecto de la misma, circunstancias que obstaron al otorgamiento del registro de marca comercial. Revisada en alzada, el TDPI revocó lo resuelto por el INAPI, puesto que consideró al signo como meramente evocativo o sugestivo, ya que no indicaba el género, la naturaleza o la procedencia de los productos a distinguir, no resultando de uso común para los productos de la clase 3 que se solicitaban, de modo que ta...
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