TDPI - TDPI Rol 0000925-2015

PRICE FIRST

Abstracto

TDPI revoca resolución de INAPI que rechazó solicitud de marca "PRICE FIRST" en clases 3, 9, 11, 16, 29, 30, 31 y 32, al considerar que el signo no era descriptivo ni indicativo de los productos, sino meramente evocativo, cumpliendo con la distintividad requerida por la Ley 19.039.

Resumen

PRICE FIRST Observación de fondo: artículo 20, letra e), Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.070.743 Marca denominativa: PRICE FIRST Clases 3, 9, 11, 16, 29, 30, 31 y 32 Indicativa. TDPI revoca. La resolución del INAPI rechazó la demanda de oposición, fundada en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto el signo pedido era indicativo, de uso general en el comercio para designar cierta clase de productos, no presentaba carácter distintivo o describía aquellos a que debía aplicarse. Revisada en alzada, el TDPI revocó lo resuelto por el INAPI, puesto que el signo solicitado “PRICE FIRST”, como conjunto, no era descriptivo, indicativo, ni de uso general en el comercio para las clases requeridas, ya que no describía los productos pedidos, de modo que se trataba de un signo meramente evocativo que sin llegar a describirlos era sugerente de su ámbito de aplicación....

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora