TDPI - TDPI Rol 0001918-2014

TEPSI

Abstracto

TDPI confirma rechazo de solicitud de marca mixta "TEPSI" en clase 16 por ser indicativa y carecer de distintividad, además de inducir a error respecto de los productos, conforme al artículo 20 letras e) y f) de la Ley N° 19.039.

Resumen

TEPSI Observación de fondo: artículo 20, letras e) y f), Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.073.321 Marca mixta: TEPSI Clase 16 Indicativa e inductiva en error. TDPI confirma. La resolución del INAPI rechazó la solicitud marcaria, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras e) y f) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por estimar que ésta resultaba carente de distintividad y correspondía a una expresión usada para indicar el género, la naturaleza, el origen y la procedencia de los productos a distinguir. Además, señaló que se prestaba para inducir en error o engaño respecto de la naturaleza, la cualidad o el género de los productos, puesto que “TEPSI” correspondía al acrónimo de “Test de desarrollo psicomotor”, que es un instrumento de evaluación de niños preescolares. Revisada en alzada, el TDPI confirmó lo resuelto por el INAPI....

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