TDPI - TDPI Rol 0002131-2014
APRENDIZAJE CORPORATIVO
Abstracto
TDPI confirma rechazo de solicitud de marca denominativa 'APRENDIZAJE CORPORATIVO' en clase 41, por ser descriptiva, indicativa e inductiva a error respecto de los servicios, careciendo de distintividad, según el artículo 20 letras e) y f) de la Ley N° 19.039. La Corte Suprema rechazó casación.
Resumen
APRENDIZAJE CORPORATIVO Observación de fondo: artículo 20, letras e) y f), Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.084.351 Marca denominativa: APRENDIZAJE CORPORATIVO Clase 41 Diferentes. TDPI confirma. CS rechaza casación. La resolución del INAPI rechazó la solicitud de registro, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras e) y f) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto el conjunto pedido resultaba indicativo, descriptivo e inductivo a error al estar formado por términos que necesariamente se vinculan a los servicios solicitados en forma inequívoca, sin contar con otro segmento capaz de otorgarle un grado adecuado de distintividad. Revisada en alzada, el TDPI confirmó lo resuelto por el INAPI, señalándose en el fallo que: “el aprendizaje y trabajo corporativos son un sistema que trata de organizar las actividades dentro de un espacio común para convertirlas en una experiencia social y académica”, por ende descriptivo, y que la prueba aportada en autos no fue suficiente para acreditar el uso del signo que alegó la apelante. Interpuesto recurso de casación, la Excelentísima Corte Suprema lo rechazó, ya que “de acuerdo a lo expuesto por los jueces de segunda instancia, el asunto ha sido resuelto observando acertadamente los par...
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