TDPI - TDPI Rol 0002444-2014

PINK

Abstracto

TDPI confirma abandono de procedimiento en solicitud de marca mixta 'PINK' clase 35, por inactividad de las partes por más de seis meses, conforme al principio de pasividad del artículo 10 COT y artículos 152 y siguientes del CPC.

Resumen

PINK Incidente de abandono de procedimiento: artículos 3, 152, 153, 154 y 156 del Código de Procedimiento Civil. Marca solicitada Solicitud N° 1.045.884 Marca mixta: PINK Clase 35 Ha lugar al abandono. TDPI confirma. La resolución de primera instancia dio lugar al abandono del procedimiento, habida consideración de que las partes no habían efectuado gestión útil desde el mes de enero de 2014 –con mayor precisión, desde la dictación de la resolución que tuvo por contestado el traslado de las oposiciones, y que desde entonces habían transcurrido más de seis meses, habiéndose promovido el incidente de abandono con fecha quince de julio del mismo año. Revisada en alzada, el TDPI confirmó lo resuelto, por cuanto el artículo 10 del COT consagra el principio de la pasividad para los procedimientos contenciosos, según el cual la iniciación, dirección e impulso procesal recae en las partes, de modo que éstas no quedan liberadas de dicha carga ni aun ante la inactividad del órgano jurisdiccional respecto de actuaciones propias de él, como sería la dictación de la resolución que cita a las partes a oír sentencia....

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