TDPI - TDPI Rol 0002633-2014
TPC TERMINAL PUERTO COQUIMBO
Abstracto
TDPI revoca resolución de INAPI que rechazó parcialmente solicitud de marca mixta "TPC TERMINAL PUERTO COQUIMBO" en clase 39 y 41. Se acoge la solicitud para ambas clases, determinando que la sigla "TPC" otorga suficiente distintividad evitando confusión con marca anterior "PUERTO COQUIMBO", conforme a la Ley 19.039.
Resumen
TPC TERMINAL PUERTO COQUIMBO Observación de fondo: artículo 20, letras f) y h), Ley N° 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la observación de fondo Solicitud N° 990.502 Registro N° 744.536 Marca mixta: TPC Marca mixta: PUERTO TERMINAL COQUIMBO PUERTO Clase 39 COQUIMBO Clase 39 y 41 Semejantes; rechaza para servicios de clase 39; aplica principio de especialidad para servicios de clase 41. TDPI revoca. La resolución del INAPI rechazó parcialmente la solicitud de autos, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, ya que la marca pedida “TPC TERMINAL PUERTO COQUIMBO” presentaba semejanzas gráficas y fonéticas con el signo previamente registrado “PUERTO COQUIMBO”, lo que sumado a la estrecha relación entre sus ámbitos de protección daría motivo a toda suerte de errores y confusiones entre el público consumidor en cuanto a la procedencia de los servicios de la clase 39. No obstante, atendido el principio de especialidad de las marcas, no vio impedimento jurídico para conceder la marca solicitada para los servicios de clase 41. Revisada en alzada, el TDPI revocó lo resuelto por el INAPI, puesto que la sigla “TPC” incluida en el signo pedido le otorga al conjunto suficiente distintividad para su i...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.