TDPI - TDPI Rol 0002711-2014
LA PITUCA
Abstracto
TDPI confirma rechazo de solicitud de marca "LA PITUCA" en clase 32 por confundibilidad con marca anterior "PITUCO", distinguiendo productos similares, según artículo 20 letras f) y h) inciso 1° de la Ley N° 19.039.
Resumen
LA PITUCA Observación de fondo: artículo 20, letras f) y h), inciso 1°, Ley N° 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la observación de fondo Solicitud N° 1.098.311 Registro N° 927.451 Marca mixta: LA PITUCA Marca denominativa: PITUCO Clase 32 Clase 32 Semejantes. TDPI confirma. La resolución del INAPI rechazó la solicitud marcaria, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) inciso 1° del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto el signo requerido presentaba semejanza gráfica y fonética respecto de la marca “PITUCO”, que también distingue “cervezas” de la clase 32. Revisada en alzada, el TDPI confirmó lo resuelto por el INAPI, ya que la marca solicitada “LA PITUCA” correspondía al género femenino del signo fundante del rechazo de oficio “PITUCO”, por lo que existían semejanzas gráficas y fonéticas, relación de coberturas y un mismo significado, que hacía alusión a una persona “presumido” o “presumida”, lo que necesariamente sería fuente de inducción en confusión, error o engaño respecto de la procedencia de los productos que se pretendía distinguir....
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