TDPI - TDPI Rol 0002844-2015
INTESIS
Abstracto
TDPI revoca resolución que rechazaba parcialmente solicitud de marca mixta "INTESIS" para clase 35, fundada en los artículos 20 letras f) y h) de la Ley 19.039. El TDPI determinó que existían suficientes diferencias gráficas y fonéticas con la marca "SINTESYS" para permitir su coexistencia y evitar confusión.
Resumen
INTESIS Demanda de oposición: artículo 20, letras f) y h), inciso 1°, Ley N° 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la demanda de oposición Solicitud N° 1.072.757 Registro N° 834.781 Marca mixta: INTESIS Marca denominativa: SINTESYS Clase 35 Clase 42 Semejantes; induce a error; rechaza parcialmente la solicitud. TDPI revoca. La sentencia de primera instancia acogió la demanda de oposición y, en consecuencia, rechazó parcialmente la solicitud marcaria para distinguir servicios que entrañan el registro, la trascripción, la composición, la compilación, la sistematización de comunicaciones escritas y de grabaciones; informes de los ingenieros que estén en relación directa con la explotación o la dirección de los asuntos de una empresa comercial o industrial, de la clase 35, fundada en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h), inciso 1°, del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por cuanto de la confrontación de los signos en conflicto, se advirtió que el pedido presentaba semejanzas determinantes con el signo inscrito por el oponente, ya que la sustracción de la letra “S” y la modificación de la letra “Y” por la letra “I” en el signo pedido no era suficiente para estimar que se trataba de un signo distintivo. A lo anterior, se sumaba la estrecha...
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