TDPI - TDPI Rol 0000246-2016

EQ EQUILIBRUM MANZANA

Abstracto

TDPI confirma rechazo de marca "EQ EQUILIBRUM MANZANA" clase 32 por confundibilidad y aprovechamiento indebido de notoriedad de marca anterior "EQ" clase 33, configurando la causal del art. 20 letra g) inciso tercero Ley 19.039.

Resumen

EQ EQUILIBRUM MANZANA Oposición: artículo 20 letra g) inciso tercero de la Ley 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la oposición.- Solicitud N° 1128169 Marca mixta, que distingue productos de Marca mixta EQ EQUILIBRIUM la clase 25 y bebidas alcohólicas, excepto MANZANA, productos de la clase 32 cervezas de la clase 33. consistentes en Bebidas gaseosas, aguas gaseosas o gasificadas, aguas de mesa, aguas minerales, aguas aromatizadas, bebidas de frutas, zumos de frutas, refrescos que contienen zumos de frutas, limonadas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, esencias para la preparación de bebidas, bebidas isotónicas, cocktails sin alcohol INAPI acoge oposición. TDPI confirma. La resolución de primera instancia del Sr. Director nacional de INAPI, acogió la oposición basada en la causal de irregistrabilidad de la letra g) inciso tercero del artículo 20 de la Ley 19.039 y rechazó la marca solicitada toda vez que el actor logró acreditar fehacientemente en el juicio ser titular del registro EQ que goza de fama y notoriedad en Chile en el sector pertinente del público que habitualmente consume los productos de la clase 33 y dada la conexión de aquellos productos con los pedidos en autos de la clase 32 y al estar el signo del actor EQ íntegramente contenido en el signo...

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