TDPI - TDPI Rol 0001574-2017

RACORVAL

Abstracto

TDPI revoca resolución de INAPI y acoge demanda de oposición de marca RACORVAL en clase 05 por incluir íntegramente signo anterior CORVAL, generando riesgo de confusión en productos farmacéuticos según artículo 20 letra a) y h) Ley 19.039.

Resumen

RACORVAL Demanda de oposición: artículo 19 y 20, letras f) y h) Ley N° 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la demanda de oposición Solicitud N° 1.229.225 Oponente: Laboratorios Saval S.A. Solicitante: LABORATORIOS SIEGFRIED Registro No. 1059239 S.A.S. Marca denominativa: Marca denominativa: RACORVAL CORVAL Clase 05: Productos farmacéuticos para Clase 05: productos farmacéutico de uso el tratamiento de la hipertensión. cardiológico. INAPI rechaza oposición y acepta a registro la marca solicitada. TDPI revoca y rechaza el signo pedido al incluir íntegramente la marca del oponente en el signo pedido. La sentencia de INAPI, de fecha veintiocho de junio del año dos mil diecisiete, rechazó la demanda de oposición fundada en la infracción de las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley N° 19.039, toda vez que en su opinión, de la confrontación de las marcas, era posible advertir diferencias tanto gráficas como fonéticas que permitían distinguirlas entre sí, ya que si bien es cierto que las marcas en conflicto comparten el segmento "CORVAL", también es cierto que la adición de la sílaba inicial "RA" en la marca pedida, logra dotarla en su conjunto de una fisonomía e identidad propia, lo cual da lugar a presumir de manera racionalmente fundada, que es perfectamente posible una coex...

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