TDPI - TDPI Rol 0000711-2017

ETIQUETA

Abstracto

TDPI revoca acción de nulidad de marca mixta 'ETIQUETA' en clase 5, a pesar de relación comercial previa y uso de marca ajena, al no acreditarse mala fe o competencia desleal, según el artículo 20 letra k) de la Ley N° 19.039.

Resumen

ETIQUETA Demanda de nulidad: artículos 19 y 20, letras f), h) y k), Ley N° 19.039. Marca impugnada Fundamentos de la demanda de nulidad Solicitud N° 1.088.889 Demandante: TESSENDERLO KERLEY, INC. Titular: ANASAC CHILE S.A. Marca mixta: Se indica que el demandante es una compañía estadounidense dedicada a la elaboración de fertilizantes. Agrega que uno de sus productos más reconocidos y famoso es POLIFUSOL 29, y que el demandado era el distribuidor oficial de sus productos. Manifiesta que la marca impugnada presenta identidad figurativa con aquella ampliamente utilizada por el actor: Clase 5: Insecticidas y fungicidas. Finalmente argumenta que la marca impugnada fue inscrita de mala fe, de manera contraria a las buenas costumbres y a los principios de competencia leal y ética mercantil. Señaló que la evidente mala fe se manifiesta en el hecho que entre las partes existían previamente vínculos comerciales. Inapi acoge la demanda de nulidad basada en la letra k) del artículo 20 de la Ley N°. 19.039, atendida la relación comercial de las partes. TDPI revoca el fallo de primera instancia considerando que la prueba acompañada, no logró acreditar una conducta contraria a la ética mercantil o competencia leal. La sentencia del INAPI, de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil dieci...

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