TDPI - TDPI Rol 0001517-2017
CAFÉ EL TINTIKO DE BOTERO
Abstracto
TDPI revoca parcialmente rechazo de oficio de marca mixta 'CAFÉ EL TINTIKO DE BOTERO' en clase 30. Si bien la causal del art. 20 letra c) Ley 19.039 no se verifica, el signo induce a error en cuanto al titular (art. 20 letra f) por elementos asociados a Fernando Botero.
Resumen
CAFÉ EL TINTIKO DE BOTERO Rechazo de oficio: artículo 19 y 20, letra c) y f) Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.237.857 Solicitante: Nelly Colorado Rodríguez Marca mixta: Clase 30: Establecimiento comercial para la compra y venta de café; café tostado, en polvo, granulado o en bebidas; productos de pastelería y repostería; sándwiches; té. Inapi rechaza la solicitud fundado en el artículo 19 y en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras c) y f) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, toda vez que incluye el nombre de una persona natural no autorizada por ella y resulta inductiva a error en cuanto a su titular. TDPI revoca parcial. La resolución de rechazo de INAPI, de fecha cuatro de julio del año dos mil diecisiete, se fundó en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras c) y f) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, y rechazó la solicitud, toda vez que la marca solicitada incluye el nombre de una persona natural y no cuenta con consentimiento dado por ella y, además, induce a error o confusión en cuanto al titular de la misma. En efecto, señala el resolutor que, la marca solicitada incluye el término Botero, que es un pintor, escultor y dibujante de origen colombiano en cuya obra predomina el estilo figurativo (...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.