TDPI - TDPI Rol 0001198-2018
TAQUERÍA LA MEXICANA UNA FIESTA DE SABORES
Abstracto
TDPI revoca rechazo de oficio de marca mixta 'TAQUERÍA LA MEXICANA UNA FIESTA DE SABORES' en clase 43, acogiendo solicitud de registro por haber adquirido distintividad por el uso, superando objeción del artículo 20 letra e) de la Ley 19.039.
Resumen
TAQUERÍA LA MEXICANA UNA FIESTA DE SABORES Rechazo de oficio: artículo 19 y 20, letra e) Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.269.488 Solicitante: José Andrés Elizondo Reyes Marca mixta: Clase 43: Servicios de restaurantes; servicios de restaurantes de comida para llevar; servicios de restaurantes móviles; restaurantes con servicio de reparto a domicilio; servicios de cafetería. Marcas descriptivas son susceptibles de protección marcaria cuando han adquirido distintividad por medio del uso. La resolución de rechazo de INAPI, de fecha dieciocho de abril del año dos mil dieciocho, se fundó en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, en atención a que la marca solicitada sería carente de distintividad y correspondería a una expresión empleada para indicar el origen, nacionalidad o procedencia de los servicios. En efecto, el resolutor de primer grado señaló que: “se entiende que la comida entregada a través de estos servicios es MEXICANA y, por su parte, la expresión TAQUERIA, indica el género de los servicios, por cuanto es un establecimiento especializado en servir tacos”. Lo anterior, es concluyente para INAPI, en la medida que el signo, además, no contiene otros elementos denominativos ni gráficos suficie...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.