TDPI - TDPI Rol 0001459-2018
QUE HACER EN STGO
Abstracto
TDPI revoca rechazo de INAPI a solicitud de marca mixta 'QUE HACER EN STGO' para clases 16 y 35, al considerar que el signo es evocativo/sugestivo y no descriptivo ni inductivo a error, siendo susceptible de protección marcaria según Ley 19.039.
Resumen
QUE HACER EN STGO Rechazo de oficio: artículo 19 y 20, letra e) y f) Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.279.848 Solicitante: Miguel Ángel Órdenes Moraga Marca mixta: Clase 16: Publicaciones impresas; Publicaciones periódicas; Publicaciones periódicas impresas en el campo de la cinematografía; Publicaciones periódicas impresas en el campo de la danza; Publicaciones periódicas impresas en el campo de la música; Publicaciones periódicas impresas en el campo de las artes figurativas; Publicaciones periódicas impresas en el campo de las obras teatrales; Publicaciones periódicas impresas en el campo del turismo; Revistas [publicaciones periódicas]. Clase 35: Difusión de anuncios publicitarios; Difusión de material publicitario [folletos e impresos]; Diseminación de publicidad para terceros vía la Internet; Facilitación de espacios en sitios web para publicidad de productos y servicios; Facilitación de espacios publicitarios en publicaciones periódicas, periódicos y revistas; Producción de material publicitario; Publicidad en la Internet para terceros; Publicidad en revistas; Publicidad radiofónica. Marcas evocativas son susceptibles de protección marcaria. La resolución de rechazo de INAPI, de fecha seis de julio del año dos mil dieciocho, se fundó en las causales de irregi...
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