TDPI - TDPI Rol 0001608-2018
FACE ID
Abstracto
TDPI revoca rechazo de oficio de marca mixta 'FACE ID' para productos de clase 9, solicitado por Apple Inc., por estimar que la expresión no es genérica y posee distintividad para los productos, contraviniendo el artículo 20 letra e) de la Ley N° 19.039.
Resumen
FACE ID Rechazo de oficio: artículo 19 y 20, letra e) Ley N° 19.039. Marca solicitada Solicitud N° 1.267.005 Solicitante: Apple Inc. Marca mixta: Clase 09: Computadores; hardware informático; computadores portátiles, computadores de mano y tabletas; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de comunicaciones inalámbricas para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, video y contenidos multimedia; aparatos de comunicación en red; dispositivos electrónicos digitales de mano capaces de proveer acceso a internet y para el envío, recepción y almacenamiento de llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales; hardware informático portátil (diseñado para llevar sobre el cuerpo); entre otros. Marcas que contienen elementos descriptivos pueden ser protegidas al vincularse a un solo origen empresarial. La resolución de rechazo de INAPI, de fecha veintitrés de julio del año dos mil dieciocho, se fundó en la causal de irregistrabilidad contenida en la letra e) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, en atención a que la marca solicitada correspondería a un conjunto integrado por el término “face id”, que traducido del inglés al español significa identificación facial. Específicamente, señ...
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