TDPI - TDPI Rol 0000769-2017
BANANA JACK
Abstracto
TDPI confirma rechazo de oposición a registro de marca mixta 'BANANA JACK' clase 25, al considerar diferencias con 'PANAMA JACK'. Sin embargo, Corte Suprema revoca y acoge oposición por confundibilidad gráfica y fonética, aplicando artículos 20 letras f) y h) de Ley 19.039, indicando riesgo de error en el origen empresarial.
Resumen
BANANA JACK Demanda de oposición: artículos 19 y 20, letras f) y h) inciso 1° de la Ley N° 19.039. Marca solicitada Marca fundante de la demanda de oposición Solicitud N° 1.203.031 Oponente: Fábrica de Calzados Gino S.A. Solicitante: Andres hites Registro No. 1.218.091 Marca mixta: Marca denominativa y mixta: PANAMA JACK Clase 25: Abrigo de mezclilla; abrigos; Clase 25: Vestuario, calzado y sombrerería. Calcetines; Camisetas; Gabanes; Gabardinas; gabardinas [prendas de vestir]; Gabardinas trench; gorras; Pantalón bermudas; pantalones; Parkas; polerones; polerones de cuello subido; sombreros; Trajes de baño; zapatos; Zapatos de cuero. La comparación de los signos en disputa debía comprender necesariamente el examen de todos sus componentes figurativos y gráficos. La sentencia de INAPI, de fecha siete de marzo del año dos mil diecisiete, rechazó la oposición y concedió la marca solicitada por cuanto estimó que de la confrontación de los signos en conflicto, era posible advertir diferencias tanto gráficas como fonéticas que permitían distinguirlos, toda vez que los rótulos comparados comparten el elemento “JACK” y algunas letras de sus primeros elementos, también era cierto que los respectivos complementos eran distintos. La sentencia que concedió la marca consideró especialmente la...
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