TDPI - TDPI Rol 0002113-2018
MAURIZIO GARIBALDI
Abstracto
TDPI revoca rechazo de oficio de marca "MAURIZIO GARIBALDI" clase 33, estableciendo que la inclusión del nombre "Maurizio" la hace distintiva frente a la marca preexistente "GARIBALDI", en aplicación de los artículos 19 y 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039.
Resumen
MAURIZIO GARIBALDI Rechazo de oficio: artículo 19 y 20, letras f) y h) Ley N° 19.039. Marca solicitada Rechazo oficio Solicitud N° 1287570 Registro N° 791.060 Solicitante: Maurizio Garibaldi Marca denominativa: GARIBALDI Clase 33: Vinos, licores, champagne Clase 33: Bebidas alcohólicas. Criterio de los nombres, no es lo mismo referirse a “Garibaldi” que a una persona en concreto: “Maurizio Garibaldi”. La resolución de rechazo de INAPI, de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil dieciocho, se fundó en las causales de irregistrabilidad contenidas en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por las semejanzas gráficas y fonéticas que presenta el signo requerido con el previamente registrado “GARIBALDI”, que distingue “vinos, licores, champagne”, clase 33. Revisada en alzada, por sentencia dictada con fecha uno de marzo del año dos mil diecinueve, el TDPI revocó lo resuelto por el órgano administrativo de primera instancia, estableciendo que no es lo mismo hablar únicamente del apellido como “Pérez” que una persona en concreto como “José Pérez”, puesto que esa alteración, necesariamente, da cuenta de personas distintas....
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