TDPI - TDPI Rol 0002457-2019
ORTHOCIDE
Abstracto
TDPI revoca resolución de INAPI y acoge solicitud de renovación de marca "ORTHOCIDE" en clases 1 y 5. El tribunal consideró que el plazo para subsanar la observación de acompañar poder, al ser administrativo y no legal, permitía su cumplimiento mientras la resolución de abandono no estuviera ejecutoriada.
Resumen
ORTHOCIDE Solicitud de Renovación de marca Nº 248.152 Artículos 15 de la Ley 19.039 y sus modificaciones; 10 letra c) y d) del Reglamento de la citada ley. Plazo de carácter administrativo, permite el cumplimiento de lo ordenado en tanto no está ejecutoriada la resolución de abandono. En el expediente sobre solicitud de renovación de la marca “ORTHOCIDE” N. 248.152, para clases 1 y 5, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial observó que la presentación no acompañaba el poder que facultaba al representante para comparecer en representación de OMS INVESTMENTS, INC, por lo cual en la etapa de examen se formuló una observación requiriendo se acompañara el poder respectivo, fijando un plazo de 60 días toda vez que se trataba de un titular extranjero. Habiendo transcurrido el término indicado sin que la parte hubiera dado cumplimiento a lo requerido, INAPI procedió a declarar el abandono de la solicitud, dictando la siguiente providencia: “No habiéndose subsanado la observación formulada dentro del plazo fijado para ello y conforme a lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley N°19.039, declárese el abandono de esta solicitud de anotación y archívese”. En contra de la providencia precedente se interpuso un recurso de reclamación fundado en que el poder de representación había sido a...
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