TDPI - TDPI Rol Sin rol
EMPORIO PET
Abstracto
TDPI revoca rechazo de oficio de marca mixta 'EMPORIO PET' en clase 35, al considerar el signo evocativo y no descriptivo ni inductivo a error o engaño, sin vulnerar los artículos 20 letra e) y f) de la Ley N° 19.039.
Resumen
EMPORIO PET Rechazo de Oficio: artículos 19 y 20 e) y f) Ley N° 19.039. Marca solicitada Fundamento observación de fondo Solicitud N° 1.374.669 Solicitante: Javier Andrés Navarrete Leiva El signo resulta ser descriptivo y carente de Marca mixta: distintividad e inductivo a error o engaño. Clase 35: Servicios de compra y venta al por mayor y al detalle de productos de las clases 1 a la 34 Marca evocativa que no se encuentra en idioma español El sentenciador de primer grado, en resolución de fecha veinticuatro de junio del año dos mil veintiuno, rechaza de oficio la solicitud en base a que el signo pedido se estructura con las palabras "EMPORIO" y "PET”, por lo cual, el signo presenta un establecimiento comercial donde se compra lo necesario para mascotas, induciendo a error con relación a los productos que no se traten o relacionen con mascotas. Asimismo, el signo pedido carece de elementos suficientes para vincularlo con un único origen empresarial, toda vez que se forma a partir de términos de uso común, sin que la incorporación de elementos figurativos logre desvirtuar lo señalado. El Tribunal de segunda instancia, por sentencia de fecha seis de septiembre del año dos mil veintiuno, revoca lo resuelto por INAPI, indicando que el conjunto presentado a registro corresponde a un t...
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