TDPI - TDPI Rol 0001361-2022
ARTE PITIWE
Abstracto
TDPI revoca parcialmente fallo de INAPI y acoge oposición a marca "ARTE PITIWE" clase 35 (servicios de comercio electrónico) por uso extrarregistral previo de "PITIWE" para productos clase 14, al constatar confundibilidad y prioridad de uso extrarregistral de la oponente, según artículos 19 y 20 de la Ley N° 19.039.
Resumen
ARTE PITIWE Oposición: artículos 19 y 20, letras f) y h) inciso 2° de la Ley N° 19.039 Marca solicitada Fundamento oposición Solicitud N° 1.349.557 Artículos 19 y 20 letras f) y h) inciso 2° de la Solicitante: PABLO ANDRES PEREZ Ley de Propiedad Industrial. MIRANDA Oponente: ACCESORIOS CIFUENTES Y Marca mixta: CIFUENTES LTDA. Marca Extrarregistral PITIWE Señala ser creador y usuario de marca PITIWE. ARTE PITIWE Clase 35: Servicios de comercio electrónico, en concreto, intermediación comercial para suministrar información sobre productos con fines publicitarios y de venta, provistos a través de redes de telecomunicaciones; Servicios de compra y venta al por mayor y al detalle de productos de las clases 1 a la 34; Marca extrarregistral, valoración de la prueba, fecha y data de la misma. La oponente señala ser la creadora y usuaria de la marca extrarregistral PITIWE, la cual considera que es gráfica y fonéticamente semejante a la marca solicitada. Señala que el rotulo de su creación surge de un proyecto de artesanía en el año dos mil quince, en el cual la expresión distingue productos y una tienda que funciona como punto de convergencia para distintos artesanos y emprendedores. La peticionaria al contestar la demanda, solicita el rechazo y señala que se trata de una empresa que se d...
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