TDPI - TDPI Rol 0001490-2024
OTRA RONDA AMBER ALE
Abstracto
TDPI revoca resolución de INAPI que rechazó registro de marca mixta 'OTRA RONDA AMBER ALE' en Clase 32. El Tribunal determinó que la expresión 'ronda' no genera confundibilidad, formando una frase con significado propio que un consumidor medio puede diferenciar, conforme al artículo 20 letra h) de la Ley 19.039.
Resumen
OTRA RONDA AMBER ALE Observación de fondo: artículos 19 y 20, letra h) de la Ley N° 19.039 Marca solicitada Fundamento observación de fondo Solicitud N° 1556477 Artículos 19 y 20 letra h) de la Ley de Solicitante: LOA CHILE SPA. Propiedad Industrial. Marca mixta: Registro N° 1.077.836 Marca mixta : Clase 32: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcoholicas; bebidas y Clase 32: Cervezas; bebidas a base de zumos de frutas, siropes y otras cerveza; cervezas artesanales. preparaciones para hacer bebidas; cerveza. Denominación de conjunto que no destaca como una palabra singular La resolución del INAPI de fecha 30-05-2024, rechazó de oficio el signo solicitado, fundamentado en la causal de irregistrabilidad de la letra h) del artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, por presentar el signo pedido semejanzas gráficas y fonéticas determinantes con el signo previamente inscritos, lo que inducía en confusión. Por sentencia de fecha 22-10-2024 el Tribunal de alzada revocó la resolución apelada, sosteniendo que la expresión ronda que se incorpora en el signo pedido, forma parte de un conjunto y pierde el carácter de palabra singular, formando una frase con un significado distinto y propio, que un consumidor medio puede diferenciar....
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.