TDPI - TDPI Rol 0000079-2024
GENERACIONDORADA.CL
Abstracto
TDPI revoca fallo de INAPI y rechaza a registro marca 'GENERACIONDORADA.CL' en Clase 42, por infringir el artículo 20 letra k) de la Ley N° 19.039, al considerar la expresión 'GENERACION DORADA' como hecho notorio vinculado a la Selección Chilena de Fútbol, afectando la competencia leal.
Resumen
GENERACIONDORADA.CL Oposición: artículos 19 y 20, letras f), h) y k) Ley N° 19.039 Marca solicitada Fundamento oposición Solicitud N° 1358836 Artículos 19 y 20 letras f), h) y k) de la Ley de Propiedad Industrial. Solicitante: Alexis Antonio Barrios Correa Oponente: Asociación Nacional de Fútbol Profesional Solicitud N° 1359217 hoy registro N° 1454152 GENERACIONDORADA.CL GENERACION DORADA Clase 42: Creación y mantenimiento de Clase 35: Administración de negocios de blogs para terceros. deportistas; agencias de talento [gestión o empleo]; representación de deportistas profesionales. Unificación jurisprudencia/ Evita sentencias contradictorias. Relación coberturas clases 35 y 42. Hecho notorio permite aplicar letra k). La sentencia del INAPI de fecha 14-12-2024, rechaza la oposición, fundada en las letras f) y h) del artículo 20 de la Ley, puesto que la solicitud invocada en la demanda es de fecha posterior a la de la marca requerida. Respecto a la letra k), si bien tuvo presente la documentación acompañada, relativa a copia de artículos de prensa y publicidad en que aparece “GENERACION DORADA”, señala que no le es posible concluir de la misma una acción u omisión que atente contra los principios que informan la competencia leal y ética mercantil. En el recurso de apelación arguye ...
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