Tribunal Constitucional - Rol 5990-19-INA
Inaplicabilidad tutela laboral funcionarios acogida
Abstracto
Rol 5990-19-INA. Requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por la Municipalidad de Concón contra los artículos 1°, inciso tercero, y 485 del Código del Trabajo, por aplicación en juicio de tutela laboral de funcionaria pública. El Tribunal Constitucional acoge el requerimiento, declarando la inaplicabilidad de los preceptos por ser contrarios a la Constitución, al considerar que la jurisdicción laboral no es la competente para funcionarios públicos en materia de tutela, reservada a los tribunales ordinarios o administrativos con estatuto especial, ratificando el principio de legalidad y juridicidad. Los ministros García Pino, Pozo Silva y Hernández Emparanza votan disidentes, argumentando que se trata de una cuestión de interpretación legal y que la tutela laboral es una vía idónea para la protección de derechos fundamentales de todo trabajador, incluyendo a los funcionarios públicos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
- Rol: 5990-19-INA
- Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Ilustre Municipalidad de Concón respecto de los artículos 1°, inciso tercero, 485, del Código del Trabajo, en los autos RIT T-344-2018, RUC 18-4-0119357-6, caratulados "Cevallos con Ilustre Municipalidad de Concón", sobre tutela de derechos fundamentales, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recurso de nulidad, bajo el Rol N° 796-2018 (Reforma Laboral).
- Fecha de sentencia: Cinco de diciembre de dos mil diecinueve.
- Ministros concurrentes al fallo: María Luisa Brahm Barril (Presidenta), Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino (voto en contra), Domingo Hernández Emparanza (voto en contra), Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva (voto en contra), José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González.
- Redactor del fallo: Ministro señor Iván Aróstica Maldonado. Las disidencias fueron redactadas por los Ministros Nelson Pozo Silva y Domingo Hernández Emparanza.
II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL
- Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por i...
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