Tribunal Constitucional - Rol 7261-19-INA

Inaplicabilidad Contrato a Honorarios Rechazada

Abstracto

Rol 7261-19-INA. Requerimiento de inaplicabilidad interpuesto por la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas contra artículos 1°, 3° b), 5°, 7° y 8° del Código del Trabajo en relación al artículo 4° de la Ley N° 18.883. La Municipalidad alegó vulneración a los principios de legalidad y juridicidad, así como al control de legalidad de la Contraloría, al aplicarse el Código del Trabajo a un contrato a honorarios. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento, al no vislumbrar conflicto de constitucionalidad en la aplicación de normas que definen conceptos básicos del derecho laboral, y por tratarse de una cuestión de mera legalidad y competencia de los tribunales del trabajo. El fallo establece que el TC no puede entrar a dirimir una contienda jurisdiccional.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
  • Rol: 7261-19-INA
  • Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas respecto de los artículos 1°, inciso primero, 3°, letra b), 5°, 7°, y 8°, inciso primero, todos, del Código del Trabajo, en relación al artículo 4° de la Ley N° 18.883, en los autos caratulados "Espinoza con Ilustre Municipalidad de Punta Arenas", de que conoce la Corte Suprema, por recurso de unificación de jurisprudencia, bajo el Rol N° 10.523-2019.
  • Fecha de sentencia: 25 de junio de 2020
  • Ministros concurrentes al fallo: MARÍA LUISA BRAHM BARRIL (Presidenta), IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ.
  • Redactor del fallo: No especificado, la sentencia fue redactada por "las señoras y los señores Ministros que la suscriben."

II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

  • Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
  • Requirente: Ilustre Municipalidad de Punta Arenas
  • Precepto legal impugnado:
    • Artículo 1°, inciso primero, del Código d...

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