Tribunal Constitucional - Rol 7495-19-INA

Inaplicabilidad Ley de Tránsito Rechazada

Abstracto

Requerimiento de inaplicabilidad (Rol 7495-19-INA) contra los artículos 195 y 196 ter de la Ley N° 18.290, en relación con la Ley N° 18.216. El requirente alegó vulneración de los artículos 1º y 19 N° 2 y 3 CPR, por discriminación y arbitrariedad en la no aplicación de penas sustitutivas. El TC rechazó el requerimiento, sosteniendo la constitucionalidad de la suspensión de penas sustitutivas, por la necesidad de una política criminal efectiva, y que el legislador actúa dentro de sus facultades, sin vulnerar el principio de proporcionalidad, aunque se constató una disidencia sobre la desproporcionalidad y vulneración al non bis in ídem respecto del art. 195, y una prevención sobre la constitucionalidad del art. 196 ter.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
  • Rol: 7495-19-INA
  • Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Richard Erwin Daehling Brecht, respecto de los artículos 195 y 196 ter, de la Ley Nº 18.290, en relación con la Ley N° 18. 216.
  • Fecha de sentencia: 16 de abril de 2020
  • Ministros concurrentes al fallo: María Luisa Brahm Barril (Presidenta), Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino, Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez, María Pía Silva Gallinato, Miguel Ángel Fernández González.
  • Redactor del fallo: No se especifica un redactor único para la mayoría. Los votos particulares son de los Ministros Aróstica Maldonado, Romero Guzmán y Fernández González.

II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

  • Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad
  • Requirente: Richard Erwin Daehling Brecht
  • Precepto legal impugnado:
    • Artículo 195 de la Ley N° 18.290, de Tránsito:
      • Inciso primero: "El incumplimiento de la obligación de dar cuenta a la autoridad de todo accidente en que sólo se produzcan daños, señalada en el artículo 168, será sancionado con multa de tres a siete unidades...

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