Tribunal Constitucional - Rol 7535-19-INA

Inaplicabilidad Artículo 162 CT Rechazada

Abstracto

Rol 7535-19-INA. Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo, del Código del Trabajo, interpuesto por ONG de Desarrollo Contigo Igual. Se alegaba vulneración a la igualdad ante la ley y la confianza legítima, en relación con la sanción de nulidad del despido y el pago de cotizaciones previsionales. El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento, al considerar que la cuestión planteada era de mera legalidad y no de inconstitucionalidad, y que no se demostró afectación de los derechos constitucionales invocados. El holding principal es que la aplicación del artículo 162 CT no es desproporcionada si la discusión es de mera legalidad o no se ha probado enriquecimiento injusto.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
  • Rol: 7535-19-INA
  • Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por ONG de Desarrollo Contigo Igual respecto del artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo, del Código del Trabajo.
  • Fecha de sentencia: 3 de marzo de 2020
  • Ministros concurrentes al fallo: MARÍA LUISA BRAHM BARRIL (Presidenta), IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ.
  • Redactor del fallo: Ministro GONZALO GARCÍA PINO. La disidencia fue redactada por el Ministro JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ.

II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

  • Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
  • Requirente: ONG de Desarrollo Contigo Igual, representada por Laura Benítez Lagos.
  • Precepto legal impugnado: Artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo, del Código del Trabajo: "Para proceder al despido de un trabajador por alguna de las causales a que se refieren los incisos precedentes o el artículo anterior, el empleador le deberá informar por escrito el estado de pago de las cotizaciones pr...

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