Tribunal Constitucional - Rol 9416-20-INA

Inaplicabilidad inapelabilidad juicios laborales acogida

Abstracto

Rol 9416-20-INA: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 472 del Código del Trabajo, que limita la apelación en juicios de cobranza laboral. El TC acoge el requerimiento, declarando inaplicable la norma al considerar que vulnera el derecho a un procedimiento racional y justo (Art. 19 N°3 CPR), al impedir la revisión de una resolución clave para el debido proceso. La sentencia destaca que, si bien la celeridad es importante, no puede coartar el derecho al recurso y a la defensa. Se establece que el derecho al recurso es un elemento esencial del debido proceso, aunque no siempre implique doble instancia, la exclusión casi absoluta de la apelación en ciertas circunstancias resulta inconstitucional. El fallo subraya la importancia de la revisión judicial en caso de indefensión.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
  • Rol: 9416-20-INA
  • Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Marisol Paniagua Soto respecto del artículo 472 del Código del Trabajo, en el proceso "Mora con Paniagua".
  • Fecha de sentencia: 03 de junio de 2021
  • Ministros concurrentes al fallo: María Luisa Brahm Barril (Presidenta), Iván Aróstica Maldonado, Gonzalo García Pino, Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez, María Pía Silva Gallinato, Miguel Ángel Fernández González, Rodrigo Pica Flores.
  • Redactor del fallo: Ministra María Luisa Brahm Barril (Redactó la sentencia); Ministro Nelson Pozo Silva (Redactó la disidencia); Ministro Rodrigo Pica Flores (Redactó la disidencia particular).

II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

  • Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
  • Requirente: Marisol Paniagua Soto.
  • Precepto legal impugnado: Artículo 472 del Código del Trabajo, que prescribe: ““Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470”.
  • Gestión judicial pendiente:
    • Tribunal: Juzgado de Cobranz...

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