Tribunal Constitucional - Rol 11209-21-INA

Inaplicabilidad No Perseverar Rechazada

Abstracto

Requerimiento de inaplicabilidad (Rol 11209-21-INA) contra el artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, interpuesto por Pablo Silva-Paredes Paredes. La norma permite al Ministerio Público no perseverar en la investigación sin control judicial, afectando el derecho a la acción penal de la víctima. El Tribunal Constitucional RECHAZA el requerimiento, al considerar que la controversia es de naturaleza civil y excede su competencia, priorizando la facultad investigativa del Ministerio Público y el principio de objetividad. La disidencia y prevenciones abogan por acogerlo, resaltando la vulneración del derecho de la víctima a la acción penal y la falta de control judicial. El holding es que la decisión fiscal de no perseverar en investigación desformalizada no es controlable por el TC en un caso de aparente naturaleza civil.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Tribunal: Tribunal Constitucional de Chile
  • Rol: 11209-2021-INA
  • Carátula: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Pablo Silva-Paredes Paredes respecto de los artículos 248, letra c), del Código Procesal Penal; en el proceso penal RUC N° 1810022163-9, RIT N° 3920-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Colina.
  • Fecha de sentencia: 16 de diciembre de 2021
  • Ministros concurrentes al fallo: Juan José Romero Guzmán (Presidente), Iván Aróstica Maldonado, María Luisa Brahm Barril, Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva, José Ignacio Vásquez Márquez, María Pía Silva Gallinato, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores.
  • Redactor del fallo: Ministro señor Gonzalo García Pino (mayoría) y Ministra señora María Luisa Brahm Barril (disidencia).

II. OBJETO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL

  • Tipo de acción: Requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad.
  • Requirente: Pablo Silva-Paredes Paredes.
  • Precepto legal impugnado: Artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, que dispone: “Artículo 248.- Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubrid...

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